Movilidad geográfica

Movilidad geográfica – Alaboralista

Traslados y desplazamientos

La movilidad geográfica puede entrañar una variedad amplia de supuestos: el cambio simple de lugar de trabajo que no motiva el cambio de residencia y que se encuadra dentro de las facultades organizativas y productivas del empresario; el cambio temporal a otra localidad: desplazamiento; el definitivo o por tiempo superior a 3 anos : traslado. Destacar que el desplazamiento superior a los 12 meses en un período de 3 anos tendrá el tratamiento de traslado.

El traslado requiere la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Se considerará tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividad empresarial.

Encontramos casos en los que el empresario utiliza la figura de la movilidad geográfica en fraude de ley, encubriendo un despido. Como ejemplo ilustrativo la empresa con sede en Vigo, Unísono. Ver noticia Atlántico

En el mercado laboral actual, la movilidad geográfica es una práctica muy recurrente, conocida con la expresión inglesa out or out. La diferente casuística no es resuelta con un criterio unificador por parte de los tribunales. Ver noticia de El Periódico

Tipos de traslados

Traslados individuales

En los traslados individuales basta con la decisión unilateral del empresario, que deberá ser notificada por este al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 30 días a la fecha de efectividad. Los representantes legales tienen derecho de preferencia a permanecer en el centro de trabajo.

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Una vez recibida la notificación, el trabajador puede:

Aceptar el traslado: percibiendo una compensación por gastos que comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convengan entre las partes y que nunca podrá ser inferior al suelo establecido en los convenios colectivos. No obstante, el trabajador que no esta conforme con la decisión empresarial podrá impugnar la misma ante la jurisdicción social. La sentencia que declare el traslado injustificado reconocerá el derecho del trabajador a ser incorporado en el centro de trabajo de origen. En el el caso de que una vez dictada la sentencia de reincorporación el empresario no la cumpliese, el trabajador podrá solicitar la extinción con los mismos efectos que si se tratase de un despido improcedente.

Extinguir el contrato: en este caso tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por ano de servicio con el tope de 12 mensualidades, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año.

Traslados colectivos

En los traslados colectivos, es necesario la celebración de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores como trámite previo a la toma de la decisión.

Se considera traslado colectivo cuando afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que ocupe a mas de 5 trabajadores o cuando no afecte a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de al menos:

10 trabajadores en las empresas que ocupen menos de 100 trabajadores.

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El 10% del número de trabajadores en la empresa en aquellas que ocupen entre 100 trabajadores y 300 trabajadores.

30 trabajadores en las empresas que ocupen más de 300 trabajadores.

Durante el período de consultas, con una duración no superior a 15 días, durante el que las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a lograr un acuerdo, deberá versar sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados.

Es obligatorio poner en conocimiento de la autoridad laboral su existencia y las posiciones de las partes tras su conclusión.

Durante el periodo de consultas puede tener lugar bien por iniciativa propia o a petición de parte la actuación conciliadora y mediadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, al objeto de intentar un acuerdo.

Contra decisión del empresario acordando traslado colectivo cabrán acciones individuales o reclamaciones en conflicto colectivo, paralizando la interposición de este la tramitación de las acciones individuales iniciadas hasta su resolución.

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